El canal de denuncias no solo responde al cumplimiento de la normativa aplicable -Directiva 2019/1937, también conocida como “Directiva Whistleblowing”,y Anteproyecto de Ley por el que se transpone la misma -, sino que debe tener su base en la prevención y castigo de incumplimientos normativos y en la corrección de aquéllos que se hayan detectado.
Así, dentro de los requisitos mínimos que deben cumplir los canales de denuncias para que sean eficaces y contribuyan a su verdadera finalidad, nos encontramos con la necesidad de contar con un régimen disciplinario adecuado y proporcional con la irregularidad detectada.
Estas medidas disciplinarias no solo sancionarán aquellas infracciones que se detecten a través del canal de denuncias, sino también el incumplimiento de la obligación de informar a través del mismo. Entre las mismas, nos podemos encontrar con la amonestación verbal o por escrito, apercibimientos, suspensión de empleo y sueldo, traslado forzoso a otro puesto de trabajo, despido disciplinario, o en el caso de terceros con los que no se tiene relación laboral, la limitación de actuaciones, diligencia reforzada o rescisión unilateral de la relación contractual.
Por otro lado, es conveniente elaborar un sistema de incentivos internos con el que se premie la colaboración y promoción del canal de denuncias, estos pueden ser tanto económicos (méritos, bonos, comisiones, etc.) como no económicos (flexibilidad, formación, incentivos de servicio, días libres extra, etc.).
Por último, tanto el régimen disciplinario como el sistema de incentivos podrán regularse en el código de conducta para que puedan tener acceso todos los empleados, y ser revisados periódicamente junto con el modelo de gestión.
Unive Abogados, firma jurídica que asesora a multitud de administraciones públicas y empresas en programas de compliance, es especialista en implantación del cumplimiento normativo.