La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público tiene como objetivo principal facilitar el acceso a la contratación pública a las pequeñas y medianas empresas (PYMES), así como a las empresas de nueva creación que cuentan con una menor trayectoria profesional.
El órgano de contratación tiene potestad discrecional para establecer los criterios de solvencia económico-financiera y técnica o profesional, requisitos cuyo cumplimiento por parte de los operadores económicos es indispensable para poder participar y/o concurrir al procedimiento de contratación que se trate. Precisamente para allanar el terreno a las PYMES y empresas de reciente creación se posibilita la concurrencia mediante una serie de mecanismos que permiten acumular la solvencia de otras empresas a aquella que pretende licitar. Estos mecanismos son, fundamentalmente, los siguientes:
Como puede observarse, la normativa trata de eliminar los obstáculos previos, de forma que solo quien finalmente resulte adjudicatario del contrato –y, por tanto, quien vaya a recibir la contraprestación por los servicios prestados- sea quien realmente realice todos los trámites burocráticos.
Para cualquier asunto relacionado con contratación pública, el Departamento de Derecho Público de Unive Abogados se pone a su disposición para ofrecerle asesoramiento gratuito al respecto. Para ello, puede contactar con su abogado de referencia en Unive Abogados, o su consulta en el formulario que figura a continuación.