Una de las principales medidas de la reforma laboral incluidas en el RDL 32/2021 de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo nos hace decir adiós a una denominación de contrato que nos ha acompañado desde 1998: el Contrato en Prácticas. Y es que, de acuerdo con la Disposición final octava, a partir del 31 de marzo de 2022, se establece un único contrato formativo con dos vertientes o modalidades: contrato de formación en alternancia (antiguo contrato de formación) y contrato formativo para la obtención de la práctica profesional (antiguo contrato en prácticas).
La finalidad de esta nueva modalidad de contrato formativo para la obtención de la práctica profesional es el desempeño de una actividad profesional destinada a adquirir una práctica profesional adecuada al correspondiente nivel de estudios, entre los que nos encontramos: título universitario, título de grado medio o superior, título de especialista o máster profesional, certificado del sistema de formación profesional y título equivalente de enseñanzas artísticas o deportivas.
Entre sus principales novedades, destacan las siguientes:
Con el fin de evitar la redacción de este tipo de contratos en fraude de ley, las empresas que pretendan suscribirlos podrán solicitar por escrito al Servicio Público de Empleo competente información relativa a si las personas a las que pretenden contratar han estado previamente contratadas bajo dicha modalidad y la duración de estas contrataciones.
Por último, pero no menos importante, recordamos que ante la situación excepcional que nos está tocando vivir, todas las entidades que tengan en vigor medidas de flexibilidad interna (ERTE) NO podrán suscribir este tipo de contratos formativos para cubrir las funciones o tareas realizadas habitualmente por personas afectadas por dichas medidas de reducción o suspensión de la jornada.
Unive Abogados pone a su disposición un equipo de profesionales que le prestará el asesoramiento jurídico y laboral que precise, estudiando detalladamente su caso concreto y adaptándonos a sus circunstancias. Puede contactar con nosotros a través de las vías que se especifican a continuación: