El Fórum Filatélico, fue una sociedad española de bienes tangibles que fue intervenida judicialmente, motivo de acusación por delitos de estafa, blanqueo de capitales, insolvencia punible y administración desleal.
Son miles de afectados que, desde el año 2006, han tratado de recuperar o poder compensar las pérdidas patrimoniales acontecidas por la inversión en el Fórum Filatélico, no existiendo ninguna posibilidad de practicar esta compensación antes de que el Juzgado de lo Mercantil de Madrid emitiera sentencia declarando finalizado el concurso de acreedores.
Es por ello por lo que nos encontramos ante una situación fiscal favorable para aquellos que invirtieron en esta entidad, pues la diferencia entre el importe que se había invertido y lo que han podido recuperar realmente, podrá incluirse en la declaración de la renta (IRPF) para poder compensar fiscalmente con otras ganancias o rendimientos.
El ejercicio fiscal en el que podrán imputarse las mencionadas pérdidas patrimoniales es el ejercicio 2022 y, si no pudieran compensarse todas las pérdidas patrimoniales reconocidas por la Administración Concursal, se aplica el plazo de prescripción de la Ley General Tributaria para poder aplicar esa compensación de las pérdidas los próximos cuatro años.
Es la Dirección General de Tributos la que ha determinado que nos encontramos ante la existencia de un derecho de crédito que el acreedor, en este caso el afectado, tiene contra el Fórum Filatélico, dando lugar a una pérdida patrimonial que no deriva de la transmisión de elementos patrimoniales y por lo tanto, habrá de integrarse en la base imponible general.