Deuda subordinada Eroski: opciones de reclamación

Deuda subordinada Eroski: opciones de reclamación

El Tribunal Supremo ha consolidado una doctrina por la que aquellos que invirtieron en deuda subordinada de Eroski pueden reclamar por las pérdidas sufridas aunque sigan siendo titulares de la misma, habida cuenta de la notable pérdida de valor que han sufrido desde su emisión.

Opciones de reclamación

Deuda subordinada Eroski


Las distintas modalidades de deuda subordinada de Eroski (obligaciones subordinadas, aportaciones financieras, etc.) son productos financieros complejos que fueron emitidos por Eroski para ampliar su capital y que fueron colocados por una serie de entidades financieras que las comercializaron como productos totalmente garantizados, similares a un plazo fijo, líquidos y totalmente disponibles, poniendo el foco en sus altos rendimientos, independientes de los resultados de la compañía.

Sin embargo, se trata de productos de alto riesgo similares a las participaciones preferentes que se comercializaron a clientes minoristas con perfiles financieros totalmente inadecuados, obviando además de los riesgos de los productos -entre ellos el riesgo de quiebra del emisor-, las obligaciones informativas que debían seguir las entidades financieras.

El problema vino cuando los afectados, que pensaban que tenían un plazo fijo, quisieron recuperar su dinero y vieron que su inversión se había depreciado a mínimos, no habiendo sido advertidos tampoco de dicha posibilidad.

La jurisprudencia más consolidada del Tribunal Supremo da la razón a los minoristas en sus reclamaciones. Ante estos acontecimientos, el afectado por la suscripción de estos productos tenía la opción de solicitar la nulidad de la compra de los títulos por vicio de error en el consentimiento, cuyo plazo ha caducado al haber transcurrido el término legal de cuatro años desde el momento en el que el suscriptor pudiera tener conocimiento del error, que los tribunales sitúan en el momento en el que Eroski ofreció la recompra de los títulos con una quita.

Sin embargo, los afectados aún tienen opciones de recuperar su inversión ejercitando una acción de indemnización por los daños y perjuicios sufridos, no siendo hasta el momento de dictado de la sentencia cuando se materializará dicho perjuicio, fórmula avalada por el Tribunal Supremo a través de recientes pronunciamientos.

En Unive Abogados le ofrecemos la posibilidad de reclamar judicialmente por los daños y perjuicios sufridos rellenando el formulario que figura a continuación:

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