Por todos es sabido que disponer de un Plan de Medidas Antifraude es obligatorio en virtud de las Órdenes HFP/1030/2021, y HFP/1031/2021, ambas de 29 de septiembre y del anterior Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), todo ello en el seno del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia que la Unión Europea diseñó para afrontar las secuelas de la pandemia.
Con el Plan Antifraude los beneficiarios de los fondos se comprometen a demostrar y acreditar el buen fin de las ayudas procedentes de Europa, esto es, el plan se ha instituido como la alternativa más eficaz, a priori, para evitar, prevenir y detectar el fraude, la doble financiación, los conflictos de intereses y la corrupción ante la llegada de los Fondos Next Generation UE. En esa línea, recientemente, una asociación de desarrollo sostenible de Ayuntamientos y empresas hacía público que iba a contar con su propio Plan de Medidas Antifraude para blindar la gestión de los fondos.
Dado que ningún ente querrá verse obligado a reintegrar los fondos, prácticamente todos los entes públicos y privados están poniendo en marcha en el seno de sus organizaciones las medidas técnicas y organizativas necesarias que detecten y corrijan en fraude, en armonía con sus respectivos planes, si bien, se hace necesario contar con personal cualificado y con experiencia en este tipo de procesos.
En definitiva, creemos que un asesoramiento adecuado en la elaboración del Plan Antifraude y en la adopción de medidas de implementación, ejecución y seguimiento cobra gran importancia en estos momentos. Unive Abogados dispone de los medios materiales y personales necesarios para prestar tales servicios, y amplia experiencia en la gestión de asuntos similares en entidades del Sector Público.