La nulidad de un testamento es una situación legal en la que se declara la invalidez de este documento, y, por tanto, de las disposiciones testamentarias contenidas en él. Este proceso se fundamenta en la existencia de vicios o defectos al momento de su realización que afectan a la validez del acto testamentario, los cuáles pueden ser de diversa índole.
Entre las causas mas comunes que podrían dar lugar a la nulidad del testamento, encontramos las siguientes:
a). Incapacidad del testador. La incapacidad del testador al momento de disponer su patrimonio es una de las causas principales de nulidad del testamento. El Código Civil, en su artículo 662, establece que cualquier persona puede testar a menos que la ley lo prohíba expresamente.
Entre esas excepciones, se encuentra la “carencia de juicio”, ya sea de manera habitual o accidental, buscando estas restricciones proteger tanto la voluntad del testador como el reparto de su herencia.
¿Pero que entendemos como falta de capacidad, incapacidad o falta de cabal juicio? Generalmente, y según sentada jurisprudencia, cualquier alteración psíquica que impida al testador comprender lo que esta haciendo. Puede ser por enfermedades de demencia, sobre todo habituales en personas mayores, cuyo riesgo de vulnerabilidad es mucho mas alto, especialmente, cuando siendo muy mayores y en momentos cercanos al fallecimiento y, generalmente, padeciendo enfermedades que afectan a su capacidad, redactan o modifican su testamento, por ejemplo, favoreciendo a una sola persona o desheredando a un heredero sin motivo justificado alguno.
Estos casos deben de ser debidamente acreditados a la hora de impugnar un testamento, pues muy difícilmente se va a dictaminar la nulidad de un testamento sino se demuestra este hecho, ya que la capacidad del testador para disponer de sus bienes es evaluado al momento de hacerlo por el Notario, encargado de dar fe pública notarial a sus disposiciones y de asegurarse que el testador se encuentra en sus plenas facultades al momento de llevar a cabo el acto testamentario.
Por tanto, el análisis de validez de un testamento no solo requiere una profunda evaluación de la capacidad del testador en el momento de su creación, sino también una clara y solida prueba de cualquier alegato de incapacidad, puesto que el testamento goza de presunción de validez.
b). Vicios en la voluntad. La existencia de coacción, violencia, dolo o fraude en la elaboración del testamento puede llevar, igualmente, a su nulidad. Por ejemplo, que se pueda demostrar que la persona estaba siendo amenazada o coaccionada de alguna manera en el momento de llevar a cabo el acto testamentario, siendo obligado a incluir disposiciones concretas en contra de su voluntad o siendo violentado de alguna manera a ello.
Un ejemplo de ello es cuando un hijo coacciona a su padre, una persona mayor y vulnerable, para que la nombre heredera universal de su testamento, desheredando a los demás, bajo la amenaza de cortar toda relación con él privándolo de ver a sus nietos sino accede a dicha petición.
En este caso, el testamento realizado bajo amenazas constituiría un vicio del consentimiento, (de no haber existido esa amenaza, nunca hubiera dispuesto de sus bienes así), y conlleva la nulidad absoluta, pues la voluntad del testador habría sido manipulada debido a la coacción ejercida sobre el, invalidando todas las disposiciones del testamento.
c). Testamentos otorgados por menores. Los menores de 14 años no pueden otorgar testamentos.
Además, es importante destacar que la nulidad de un testamento no afecta necesariamente a la totalidad del documento. En ciertos casos, la nulidad puede ser parcial, afectando solo a algunas disposiciones que incumplen con los requisitos legales, mientras que el resto del testamento permanece válido.
Como, por ejemplo, la omisión intencionada de un heredero forzoso (conocido como preterición). En este caso, el testamento sería nulo parcialmente debido a la falta de inclusión de un heredero legítimo, constituyendo un vicio relativo.
Las disposiciones testamentarias seguirían siendo válidas, pero la omisión del heredero conlleva la invalidez de esta parte específica del testamento, debiendo incluirse en el mismo y teniendo en cuenta al mismo.
La nulidad del testamento es una figura legal que protege la verdadera voluntad del testador y asegura que las disposiciones testamentarias se ajusten a la legalidad. Ante la sospecha de que un testamento pueda ser nulo, es recomendable consultar con un experto en derecho de sucesiones para evaluar el caso y determinar el mejor curso de acción.
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