Durante la pandemia, el Gobierno implementó diversas medidas económicas como apoyo para los autónomos que se vieron afectados por los cierres gubernamentales, incluyendo prestaciones extraordinarias por cese de actividad. Estas ayudas fueron cruciales para muchos trabajadores por cuenta propia que enfrentaron periodos de menor actividad o cierre obligatorio de sus negocios, por no ser servicios esenciales.
Recientemente, muchos autónomos han recibido notificaciones para devolver estas ayudas debido a errores administrativos o interpretaciones estrictas de los requisitos, generando preocupación y malestar en un colectivo ya afectado económicamente desde los inicios de la pandemia, siendo que muchos de ellos no han llegado, siquiera, a recuperarse.
En este sentido, recientes resoluciones de la justicia europea y del Tribunal Supremo, ha sentado la posibilidad de que miles de contribuyentes que percibieran algún tipo de prestación, que, según la administración, se percibieron de forma indebida, no estén obligados a devolverlas si el error fue de la Administración y actuaron de buena fe.
En este sentido, el Tribunal de Cuentas, en un informe de diciembre, señaló que la “insuficiente e inadecuada” regulación del cese de actividad extraordinario durante la pandemia llevó a numerosas modificaciones normativas y criterios dispares en su aplicación, lo que generó inseguridad jurídica y un tratamiento desigual entre los beneficiarios, no pudiendo operar en detrimento de los contribuyentes.
Esto se debe a que, en el caso de las retribuciones por cese de actividad, los autónomos debían prever sus ingresos futuros para solicitar estas ayudas, lo cual era extremadamente difícil durante meses de confinamiento y restricciones, aunado a numerosas modificaciones normativas extemporáneas y confusas, que hicieron que se concedieran muchas retribuciones extraordinarias por cese de actividad que, realmente, no correspondían.
En una sentencia de 4 de abril de 2024, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo dio la razón a una empleada a la que la Seguridad Social reclamaba la devolución de una parte de la prestación por desempleo que cobró durante la pandemia a causa de un ERTE. En concreto, la Administración calculó esta prestación sobre un 75% de su base reguladora, en lugar de un 70%, y aceptó el trámite.
Esta doctrina tenida en cuenta por nuestro Alto Tribunal, es la conocida “doctrina Cakarevich”, un criterio adoptado en el año 2008 por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre un caso en el que se estableció que, si se cobra indebidamente una prestación, pero esta se debe a un error imputable a la administración, al no existir mala fe por parte del beneficiario, no se tiene la obligación de devolverla.
Estos pronunciamientos abren la puerta a la no obligatoriedad de tener que devolver las retribuciones percibidas cuando esta hubiera sido concedida por errores administrativos que sean imputables a la Administración, y no al autónomo.
Por ello, Unive Abogados pone a disposición de aquellos autónomos afectados un equipo de profesionales expertos en la materia que podrán asesorarle individualizadamente sin compromiso.