Una sentencia del Juzgado de lo Contencioso nº 3 de Valencia parece abrir la puerta a que las empresas puedan solicitar la devolución de buena parte del Impuesto de Actividades Económicas satisfecho durante las restricciones de actividad por COVID. El pronunciamiento da la razón a una empresa que pagó el IAE durante el estado de alarma y condena al Ayuntamiento a reintegrar lo pagado vía devolución de ingresos indebidos. Este caso podría generar preocupación en las administraciones locales, pues puede suponer el inicio de una vía de reclamación que les obligará a devolver gran parte de las liquidaciones del impuesto. No obstante, creemos que existen argumentos jurídicos suficientes que contradicen las conclusiones de la sentencia del Juzgado y que podrían emplear las AAPP ante futuras reclamaciones.
Obviamente, no se trata de un caso con una solución clara aplicable para todos los supuestos, máxime cuando el Tribunal Supremo acaba de dictar una Sentencia reconociendo la posibilidad de impugnación de liquidaciones que hubieran resultado firmes. Sin embargo, seguimos pensando que una adecuada argumentación jurídica que centre la discusión en las cuestiones de fondo que verdaderamente entran en juego en este caso, podría obtener resultados satisfactorios, evitando a las AAPP, cuyas arcas ya se encuentran suficientemente mermadas, hacer frente a cuantiosas reclamaciones relacionadas con un problema -la pandemia de Covid-19-, que no debería afectarles.
Por todo ello, les informamos que, ante cualquier reclamación de devolución de ingresos indebidos por este asunto, Unive Abogados pone a su disposición un equipo de profesionales para ofrecerle las mejores soluciones que permitan preservar el interés general. Puede contactar con nosotros a través de las vías que se especifican a continuación: