Las medidas destinadas al control de la velocidad y la seguridad vial suponen una fuente de ingresos para las Administraciones Públicas. Concretamente, en los municipios, la Policía Local cuenta con potestades para establecer controles de velocidad y radares dentro de su territorio de actuación -especialmente, dentro del caso urbano-; de esta manera, todas las novedades que afecten al control de la seguridad vial repercuten, directa o indirectamente, actual o futuramente, en las potestades municipales.
Así, debemos considerar como novedad jurisprudencial, el Juzgado Contencioso Administrativo de Córdoba número 5, ha estimado el recurso interpuesto contra la Jefatura Provincial de Tráfico de Córdoba, por falta de acreditación del hecho por el que se sanciona, motivado por la sanción impuesta a un ciudadano por superar el límite de velocidad, siendo captado por un radar fijo.
Al efecto de argumentar esta decisión, la Orden ITC/3123/2010, en el apartado h) de su Anexo III, establece que “Salvo que el instrumento sea capaz de detectar, seguir e identificar inequívocamente el objeto durante todo el proceso de medición, a los instrumentos instalados de forma fija y diseñados para operar bajo circunstancias donde no es posible la presencia continua del operador que vigile sus especificaciones de funcionamiento, se les exigirá al menos dos fotogramas del vehículo infractos tomados en diferentes instantes: uno de ellos mostrará una visión panorámica del vehículo; el otro, su placa de identificación”.
Además de lo anterior, el juzgador observa la ausencia de otros requisitos para la validez de la sanción como la fecha y hora del suceso, la velocidad registrada o el punto kilométrico de la ubicación del aparato.
Pese a que lo anterior no es inmediata y directamente aplicable a la Administración Local y a su cuerpo de policía, no creando, ni siquiera, un criterio jurisprudencial fijo a seguir a nivel nacional, lo cierto es que, a largo plazo, pueden darse multitud de reclamaciones frente a las sanciones emitidas con motivo de controles de velocidad debiendo llevarse a cabo con rigor cada uno de los procedimientos sancionadores.
Para cualquier asunto relacionado con sanciones de tráfico y relacionadas con la seguridad vial, el Departamento de Derecho Público de Unive Abogados se pone a su disposición para ofrecerle asesoramiento gratuito en la materia e indicarle de las vías de actuación a emprender. Para ello, puede contactar con su abogado de referencia en Unive Abogados, escribirnos a info@unive.es, llamarnos al 900 103 382 o redactar su consulta en el formulario que figura a continuación: