La Comisión Europea ha publicado recientemente un artículo en el que se vuelve a pronunciar sobre las posibles consecuencias que conlleva el incumplimiento de la normativa de protección de datos por parte de las Administraciones Públicas.
En el mismo, la Comisión Europea otorga a las autoridades de control en materia de protección de datos diversas herramientas en función del escenario frente al que se encuentren:
Además, la Comisión Europea hace alusión al artículo 82 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), el cual habilita a las personas a reclamar una indemnización a un organismo público si consideran que no respeta el Reglamento General de Protección de Datos y, además, ha sufrido a causa de ello daños materiales, como pérdidas económicas, o inmateriales, como ansiedad o pérdida de reputación. Para realizar esta reclamación la persona puede dirigirse directamente al organismo público o a los tribunales nacionales competentes del Estado de la Unión Europea del que se trate, en este caso, los Tribunales Españoles. El objetivo que persigue el RGPD es garantizar la indemnización en estos supuestos, independientemente del número de organizaciones que participen en el tratamiento de sus datos.
Cada vez es más frecuente que la Unión Europea se pronuncie sobre las consecuencias del incumplimiento del RGPD ya que las sanciones a las Administraciones Públicas por estos hechos son cada vez más numerosas.
Las Administraciones Públicas tienen la obligación de contar con la figura de un Delegado de Protección de Datos con conocimientos amplios en la materia. Unive Abogados cuenta con abogados especialistas que pueden asesorar a la entidad con el objetivo de evitar una posible sanción o indemnización por parte de la Agencia Española de Protección de Datos.